Por ejemplo, Tlaxcala fijó en Unidad de Medida y Actualización (UMA) sus costos de refrendos de licencias de funcionamiento a establecimientos comerciales, industriales y de servicios, conocidos como giros blancos (sin venta de bebidas alcohólicas); y serán fijadas por conducto de la tesorería; tomando en consideración los espacios, condiciones, ubicación, superficie y las tarifas, cuotas, precios y montos en UMA.
Las licencias, que se refrendan semestralmente, oscilan entre 100 UMAS para comercios, 200 para industrias y mil refrendo de la licencia de funcionamiento para empresas, cadenas comerciales, tiendas de autoservicios y/o franquicias.
Asimismo, usos de suelo, a razón de 0.15 UMA por metro cuadrado y de 4 UMA en el Centro Histórico si el solicitante realiza el mantenimiento adecuado a su fachada con el fin de conservar la imagen urbana.
Mientras la tarifa es de 0.3 UMA por metro cuadrado en locales comerciales para licencias de construcción y 0.5 UMA por el canje de licencia de funcionamiento y 15 UMA por expedición de dictamen de protección civil por refrendo de funcionamiento, así como 100 UMA por el servicio de limpia.
Ocupación de la vía pública para comercio semifijo y lugares destinados para estacionamientos, causarán derechos de 8 UMA, por m², para el caso de ambulantes causarán derechos de 0.30 UMA, por día trabajado.
Los permisos temporales para la exhibición y venta de mercancías en la vía pública, los lugares de uso común y plazas, por comerciantes con puestos semifijos y/o ambulantes, así como ocupar la vía pública y los lugares de uso común para estacionamiento, los costos del permiso no excederán de 10 UMA; serán pagados mensualmente, dentro de los primeros cinco días hábiles de cada mes, en que inicien operaciones, de no cumplir con el pago puntual, el permiso se cancelará y causará baja en automático.
Artículo 38. Los permisos para el ejercicio del comercio ambulante, exhibición y venta de mercancías, durante eventos especiales; así como, en días de tianguis en las zonas autorizadas por el Municipio, causarán derechos no mayores a 7 UMA, y de acuerdo a la siguiente tarifa.