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El pasado 2 de junio, los mexicanos tomamos una decisión sobre el modelo del país que queríamos para estos próximos años, una decisión contundente que colocaba a la coalición que encabeza el partido Morena como la primera fuerza política en México. Esto no admite discusión, ni es el motivo por el que me dirijo hoy a ustedes.

El motivo de estas líneas tiene que ver con que, a partir de este triunfo, existe la posibilidad de que la coalición política ganadora que obtuvo un 54% de los votos al congreso, ocupe el 75% de las curules y con ello disponer del control absoluto de la Cámara de Diputados, aplastando a las otras fuerzas políticas y la representatividad que obtuvieron de los ciudadanos que los votaron. A esta transgresión de la voluntad democrática se le llama sobrerrepresentación y afecta la voluntad popular ejercida en las urnas. Para representar proporcionalmente a todos los ciudadanos, independientemente de la opción que eligieron, los partidos reciben asientos en el congreso, proporcionales a los votos obtenidos, los llamados “pluris”, con el objetivo de garantizar el principio de pluralidad, para que las minorías tengan posibilidades de participar en las decisiones trascendentales del país. 

Para evitar abusos y transgresiones a este principio, el artículo 54 constitucional establece límites claros a la sobrerrepresentatividad; ninguna fuerza política podrá contar con más de 300 diputados, sumando a los “pluris”, también señala que en ningún caso un partido político podrá contar con un número de diputados (ídem) que exceda en un 8% su votación nacional. Si todo es tan claro, y nuestra Constitución prevé este caso, ¿por qué hoy estamos ante la posibilidad de caer en una sobrerrepresentación que aplaste, literalmente, la voluntad ejercida en las urnas y deje a millones de ciudadanos sin la representación proporcional que les corresponde? Básicamente, se debe a cómo se considera a una coalición de partidos, si como una unidad o como partidos independientes, una interpretación del 2018 avalada por el TEPJF los consideró independientes, pero actualmente se considera que esa interpretación no contempló el origen de la disposición constitucional, su sentido y lo dicho por la Suprema Corte de Justicia de la Nación sobre el tema de la representación proporcional y, por supuesto, la razón de ser de la norma. A la Coparmex, barras y colegios de abogados y organizaciones de la sociedad civil nos parece lógico que, si el INE ya considera a una coalición de diferentes partidos como a una unidad política única para limitar los gastos de campaña y evitar que estén por encima de un partido político, es lógico y coherente que esta misma consideración se aplique en otros aspectos del mismo proceso electoral, como evidentemente es la asignación de “pluris”, evitando la sobrerrepresentación y respetando el principio de la representación proporcional garantizado en nuestra Constitución. 

Es inobjetable que en los hechos, las coaliciones políticas funcionan como un partido único y en una democracia diseñada para funcionar por consensos, y evitar que una mayoría aplaste las voces de las minorías es muy importante que la decisión para la asignación de diputados plurinominales se analice a fondo y se discuta con todos los argumentos si una coalición se sujeta a estos supuestos establecidos en la Constitución. La composición del congreso y el papel de los diputados es fundamental para garantizar un fiel reflejo de la diversidad de opiniones, instamos al INE y al Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación a respetar los principios constitucionales, asegurar la transparencia y la legalidad en la asignación de curules en la Cámara de Diputados y evitar distorsionar la verdadera representación política electa por los ciudadanos. Fortalezcamos la democracia mexicana respetando la voluntad de todos los mexicanos, garantizando así un futuro más justo y equitativo para nuestro país. ¡Hasta la próxima y que Dios reparta suerte!